18/11/2024
La Corte Constitucional de Colombia ha dado un importante paso hacia la protección de los animales al prohibir las cirugías con fines estéticos en mascotas. El 13 de noviembre de 2024, el alto tribunal declaró inconstitucional la excepción en el artículo 6 de la Ley 84 de 1989, que permitía mutilaciones por motivos de apariencia, como el corte de orejas y cola, o la eliminación de cuerdas vocales en perros.
Este fallo responde a una demanda que argumentó que tales prácticas causan sufrimiento innecesario y no aportan beneficios para la salud de los animales. En su decisión, la Corte subrayó que los animales son seres sintientes y que la protección hacia ellos es un mandato constitucional. Solo se permitirán intervenciones cuando haya razones médicas legítimas.
Organizaciones defensoras de los derechos animales han celebrado esta decisión, ya que intervenciones estéticas pueden llevar a problemas de salud crónicos y afectar la calidad de vida y comportamiento de las mascotas. Sin embargo, se aclaró que procedimientos como el corte de uñas o el arreglo de pelo no se ven afectados, ya que no involucran sufrimiento ni tejidos vivos.
Esta decisión representa un avance significativo en la legislación animal de Colombia, al alinearse con la creciente tendencia global de protección y bienestar animal.