31/01/2025
🔹 ATENCIÓN IMPORTANTE 🔹
📢 En PharmaVet Consultorio Animal NO brindamos atención a fauna silvestre colombiana, incluyendo aves, mamíferos y reptiles que no estén contemplados dentro del marco legal como animales domésticos o de compañía.
✔️ Nos regimos por la normativa vigente en Colombia y respetamos las disposiciones de las autoridades ambientales, como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
📌 Especies que atendemos:
✅ Mamíferos no convencionales: Conejos (Oryctolagus cuniculus), hámsters (Mesocricetus spp, Phodopus spp.) y cuyes (Cavia porcellus).
✅ Aves de corral: Gallinas (Gallus gallus domesticus), patos (Anas platyrhynchos domesticus), codornices (Coturnix coturnix).
✅ Aves ornamentales permitidas: Periquitos australianos (Melopsittacus undulatus), Cacatúa (Nymphicus hollandicus), Pavo real (Pavo cristatus), entre otras especies NO consideradas fauna silvestre.
⚠️ No atendemos especies de fauna silvestre nativa ni exótica sin los debidos permisos ambientales.
📖 Normativa aplicable:
🔹 Resolución 2064 de 2010 - Lista oficial de especies domésticas y exóticas permitidas en Colombia.
🔹 Ley 1774 de 2016 - Protección y bienestar animal.
🔹 Código Nacional de Recursos Naturales - Regulación sobre la tenencia y manejo de especies.
🔹 Decreto 1608 de 1978 - Protección de la fauna silvestre en el territorio colombiano.
🔬 En PharmaVet Consultorio Animal promovemos la atención ética y responsable de especies domésticas y de compañía, garantizando su bienestar y cumpliendo con la legislación vigente.
📍 Si tienes dudas sobre la legalidad de una especie, consulta con la autoridad ambiental de tu región.
Send a message to learn more