11/10/2023
Debido a todas las dudas que estamos recibiendo sobre la nueva Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar animal, vamos a intentar aclararos algunos puntos clave. Antes de nada, esta ley está hecha pero aún no desarrollada, esto quiere decir que no es aún de obligatorio cumplimiento. HASTA AHORA EL ÚNICO PUNTO QUE ES OBLIGATORIO ES EL RELACIONADO CON LAS INCINERACIONES Y ENTERRAMIENTOS, PUNTOS 10,11 Y 12.
Antes de nada, comentaros que no estamos de acuerdo con muchos de estos puntos. Pensamos que hay mucha ambigüedad en esta nueva ley y, por otra parte, pensamos que tales exigencias dificultan cada vez más la tenencia y adopción de animales.
1. Esta ley no afecta a animales de espectáculos taurinos, animales de producción, animales destinados a la experimentación y otros fines científicos, animales silvestres, animales utilizados en actividades deportivas, aves de cetrería, perros pastores o de guardia, de rescate, intervenciones asistidas o de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad o Las Fuerzas armadas, ni perros de caza, rehalas y animales de caza. Estos se rigen por otras leyes.
2. Existe un listado positivo de animales de compañía en el cual se contemplan aquellas especies que se pueden tener como animales de compañía. Esta se define en el Capítulo V de esta ley.
3. Es obligación de los ayuntamientos la recogida de animales extraviados, abandonados o cuyos titulares estén en situación de vulnerabilidad para mantenerlos y de su alojamiento. Deben tener un servicio de urgencia 24 horas para estos casos.
4. Los centros dedicados a la protección de animales deben entregar a los animales ya identificados y esterilizados o con un contrato que obligue a su esterilización.
5. Se debe comunicar a la autoridad competente la perdida o robo de un animal en un plazo máximo de 48 horas.
6. Es obligatorio identificar y esterilizar a todos los gatos antes de los seis meses de edad, salvo aquellos que estén registrados como criadores. Igualmente, todos los perros deben ser identificados.
7. Se debe superar un curso de formación para tenencia responsable reglamentada para cada especie de animal de compañía.
8. Es obligatorio para todos los perros, independientemente de la raza, la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Dependiendo de las razas, la mayoría de los seguros de hogar incluyen este servicio.
9. Los animales APP se siguen rigiendo por las mismas normas que hasta ahora. No obstantes, animales que a criterio del veterinario se consideren peligrosos por su comportamiento o anatomía, pueden ser registrados como APP aunque no estén en los antiguos listados. Los APP deben contar con un seguro que cubra al menos 120.000 euros.
10. Todos los animales que fallezcan deben ser enterrados o incinerados por una empresa autorizada, la cual aportará un certificado que deberá ser entregado al veterinario para proceder a la baja del mismo.
11. Queda terminantemente prohibido enterrar o incinerar animales por cuenta propia. En estos casos no podrán ser dados de baja.
12. Se prohíbe el sacrificio de animales por vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos o por cuestiones económicas.
13. No se puede dejar sin supervisión a ningún animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina no podrá ser más de 24 horas.
14. El veterinario ya no puede poner el microchip a nombre del propietario a no ser que ya este a nombre de una protectora u otro organismo autorizado, los cuales le autoricen a realizar posteriormente un cambio de nombre al nuevo propietario. Esto afecta a animales que ya están en el núcleo familiar no identificados y animales recogidos de la calle. Siempre habrá que pasar antes por uno de estos organismos, los cuales lo identifiquen y autoricen su adopción.
15. Para los animales procedentes de otros países de la unión europea deberán mantener el pasaporte original que recoja su código de identificación, no pudiendo sustituirse por otra documentación acreditativa, sin perjuicio de la obligatoriedad de inscripción en el Registro de Animales de Compañía, en el mismo momento de su adquisición con los datos de la persona que se hace cargo de ellos.
16. No se permite la cesión de animales menores de 8 semanas de edad.
17. No cumplir con las normas de identificación puede llevar a multas desde 50.000 a 200.000 euros.
18. Los animales exóticos que se tengan se conservaran hasta su muerte salvo supuestos de animales exóticos que presenten un peligro cierto y no se incluyan en los futuros listados de animales de compañía, que en teoría deben ser retirados y cuidados por la autoridad competente.
Recordaros que todas estas normas serán obligatorias a cumplir por los propietarios y que nosotros los veterinarios estamos obligados a cumplir aquellas que nos incumben, pero no somos la mano del gobierno y no somos autoridad para obligar a nadie a cumplir la ley. Recomendamos que se sigan todas estas normas para evitar problemas judiciales.