01/04/2024
Empezamos el con una de 🤓
Y es que cada vez son más las personas que solicitan la acreditación como perro de asistencia a su perro de "apoyo emocional" y eso no lo podemos hacer.
El psicólogo o psiquiatra puede hacer el papel que quiera y un centro de adiestramiento puede hacer otro papel explicando por qué ese perro es de 🐕
Pero la realidad es que, aunque esos papeles puedan servir para volar en cabina con alguna compañía aérea específica (cada vez son menos) su validez a nivel nacional es nulo.
Os recordamos que para que podamos acreditar un perro como perro de asistencia, la persona debe:
➡️ Tener un mínimo de un 33% de discapacidad reconocida
➡️ La discapacidad debe ser física, visual, auditiva, TEA o de alguna enfermedad que cree crisis recurrentes con desconexión sensorial
Pero esto no se acaba ahí, el perro debe:
➡️ Estar entrenado por un centro acreditado
➡️ Estar entrenado en acceso público
➡️ Estar entrenado en 3 habilidades que ayuden a paliar situaciones específicas que cause esa discapacidad
➡️ Estar castrado
➡️ No puede tener displasia ni ninguna enfermedad limitante o específica de zoonosis
➡️ No puede ser ni agresivo, ni reactivo, ni puede tener miedo o inseguridad agravante
➡️ No puede estar entrenado en defensa y ataque
Esperamos que os sirva y, ya de paso, que este verano no llaméis pidiendo un certificado o una acreditación para poder volar con el perro. Gracias.